¿ME PUEDEN DESPEDIR TRAS UN ERTE?

ERTE ERE DESPIDO

Actualmente, en el artículo 22 del Real Decreto-Ley, si dice que las medidas extraordinarias en al ámbito laboral están sujetas al compromiso de la empresa de mantener el empleo durante el plazo de seis meses desde la fecha de reanudación de la actividad. Se entiende como reanudación la reincorporación al trabajo efectivo de personas afectadas por el ERTE, aún cuando sea parcial o solo afecte a parte de la plantilla. Este compromiso se entenderá incumplido si se produce el despido de cualquier persona afectada por los expedientes.

Eso sí, no se consideraría incumplido si la extinción de contrato es por:

  • Dimisión del trabajador
  • Despido procedente
  • Jubilación
  • Incapacidad permanente total
  • Fin de llamamiento de las personas con contrato fijo-discontinuo

Por tanto, si cualquiera de estas causas anteriores no se cumpliera, y un trabajador fuera despedido nada más regresar del ERTE, la empresa estaría incumpliendo lo dictado en la Ley.

LAS PYMES ACOGIDAS A LOS PRIMEROS ERTE COMIENZAN A DESPEDIR TRABAJADORES

ERTE ERE DESPIDO

Según el último barómetro de los gestores administrativos, correspondiente al mes de diciembre, en torno a 45.000 PYMES ya han procedido a despedir trabajadores. Esto representa el 8,2% de las que presentaron un ERTE acogidas al primer real decreto de marzo.

Estos despidos se han realizado una vez pasados los seis meses correspondientes a la reincorporación del primer trabajador, tal y como se establecía en el real decreto.

Según el mismo barómetro, un 1,3% de las empresas no han logrado superar los problemas derivados del parón de la actividad. Esto les ha llevado a devolver las ayudas obtenidas para poder reducir su plantilla de trabajadores.

Destacar también que tanto la Inspección de Trabajo como la Agencia Tributaria están inspeccionando estos despidos. En torno al 10% de las empresas inspeccionadas han sido sancionadas por haberse hallado irregularidades.

VUELVEN A SUBIR LOS ERTE DESPUÉS DE MESES DE DESCENSO

erte prorroga

Desde finales de abril, cuando se alcanzó el punto más alto, los afectados por un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) han ido descendiendo mes tras mes.

Sin embargo, noviembre supuso un cambio en esta tendencia. Todo hacer prever además que el número de empleados afectados siga aumentando.

La segunda ola de contagios del COVID19 ha traído consigo en algunas comunidades autónomas el cierre de la hostelería y los horarios restringidos para la actividad comercial. Esta situación ha obligado a las empresas a acudir de nuevo a los ERTE.

ACTUALIZACIÓN DE LOS ERTE

No es sólo que los ERTE hayan vuelto a aumentar, sino que, tal y como fijaba el último Real Decreto relativo a los expedientes, las empresas que estuvieran acogidas a uno debían volver a presentar las solicitudes antes del 20 de octubre. Esto ha provocado más trabajos en el SEPE según fuentes sindicales.

Tal y como fijaba el último Real Decreto, aquellas empresas que tuvieran trabajadores en ERTE en el mes de octubre debían remitir al SEPE nueva solicitud de prestaciones antes del 20 de octubre. Esto debía hacerse para adaptarse a los nuevos modelos de expedientes que garantizaban las mismas exoneraciones para aquellos trabajadores que se mantienen inactivos que para los que han regresado al trabajo de forma parcial.

Según fuentes sindicales, esta nueva avalancha de expedientes ha provocado más trabajos en el SEPE, por lo que piden que sean reforzadas las plantillas.

NUEVA PRORROGA DE LOS ERTES: ¿SOLUCIÓN TEMPORAL O MEDIDAS A LARGO PLAZO?

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El pasado 30 de septiembre se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo, por el que se prorrogan los ERTE hasta el 31 de enero de 2021.

A pesar de que hubo que esperar hasta el último momento para llegar a un acuerdo, el consenso alcanzado entre Gobierno, empresarios y sindicatos demuestra que el diálogo social avanza, aunque aún quede un largo camino por andar.

El Banco de España aboga por una visión en perspectiva de la crisis, y es que en su último análisis sostiene que la recuperación será larga. Según este organismo, no se alcanzará niveles similares a los previos al COVID19 hasta el año 2023, y eso en el mejor de los escenarios.

Si miramos en países de nuestro entorno, la forma de enfrentar estas dificultades difieren de unos a otros. Por ejemplo Alemania decidió prorrogar la protección al empleo mediante lo que allí se denomina kurzarbeit durante todo el año 2021. Este horizonte más amplio ofrece una seguridad, tanto económica como jurídica, que no se da en nuestro país debido a lo breve de su duración (tan solo 4 meses).

A esta incertidumbre, hay que añadir lo complicado de la materia legislativa: prohíbe despedir por causas derivadas del Covid19, mantiene el compromiso de mantenimiento de empleo por parte de las empresas, prohíbe la externalización de actividades,.. En resumen, las mismas medidas acordadas ya en el mes de mayo. Existe además el riesgo de que las sucesivas prórrogas terminen por convertir en normal una medida excepcional que tenía como objetivo atacar una pandemia.

De momento, aquí en España queda esperar a finales de enero a que Gobierno, organizaciones empresariales y sindicales vuelvan a sentarse a la mesa del diálogo social. Veremos si, esta vez, para tomar medidas de más largo alcance.