INFLACION SIN FRENO: CAUSAS GLOBALES Y SOLUCIONES PERSONALES

Durante el año 2025, la ciudadanía continúa enfrentando un escenario económico marcando por aumento sostenido de los precios. Desde la cesta de la compra hasta los servicios más básicos como la electricidad o el alquiler, los efectos de la inflación son palpables en el día a día. Comprender que la provoca y cómo actuar ante este fenómeno económico se ha convertido en una necesidad para muchas personas y familias.

¿QUÉ ES LA INFLACIÓN?

La inflación se define como el aumento generalizado y continuo de los precios de bienes y servicios en un país. Cuando esta se produce, el dinero pierde valor adquisitivo: con la misma cantidad se pueden adquirir menos productos. Este fenómeno impacta directamente en la economía familiar, reduciendo la capacidad de ahorro y consumo.

FACTORES QUE EXPLICAN LA INFLACION EN 2025

Aunque los niveles de inflación actuales han disminuido con respecto a los picos de 2022, todavía existen varios factores que la mantienen elevada:

  • TENSIONES GEOPOLITICAS INTERNACIONALES,

Especialmente aquellas que afectan al suministro de energía

 

  • CONDICIONES CLIMATICAS ADVERSAS,

Como sequias prolongadas, que afectan la producción de alimentos

 

  • POLITICAS MONETARIAS RESTRICTIVAS,

Impulsadas por el Banco Europeo (BCE), que elevan los tipos de interés y encarecen el crédito.

SECTORES MAS AFECTADOS

Según datos del Instituto Nacional de Estadísticas (INE), los productos y servicios con mayores incrementos en precio son:

  • ALIMENTOS BASICOS, como aceite, pan, leche y verduras.
  • VIVIENDA Y ALQUILERES, especialmente en grandes núcleos urbanos.
  • ENERGIA, incluyendo electricidad, gas y combustibles.
  • SERVICIOS PERSONALES, como hostelería, peluquerías o restauración.

ESTRATEGIAS PARA MITIGAR EL IMPACTO

Diversos expertos en finanzas personales recomiendan adoptar medidas para proteger la economía individual o familiar:

  1. REVISION DE GASTOS COTIDIANOS, reduciendo aquellos que no son esenciales.
  2. OPTIMIZACION DEL AHORRO, buscando productos financieros con rentabilidad real y positiva.
  3. COMPARACION DE PRECIOS y consumo consciente.
  4. FORMACION ECONOMICA BASICA, para entender cómo afecta la inflación al presupuesto y cómo actuar frente a ella.

INVERSIONES RECOMENDADAS EN ENTORNOS INFLACIONARIOS

Existen diversas opciones de inversión que históricamente han servido como refugio en contexto de inflación:

  • BIENES INMUEBLES, como viviendas o locales, que pueden generar rentas y revalorizaciones
  • ORO Y METALES PRECIOSOS, tradicionalmente considerado activos defensivos.

¿QUE SE ESPERA A MEDIO PLAZO?

Se prevé una desaceleración gradual de los precios en los próximos meses, siempre que los mercados energéticos y agrícolas logren estabilizarse. En este contexto, el Banco Central Europeo continuara supervisando de cerca tanto el consumo como la oferta monetaria, realizando ajustes en los tipos de interés en función de la evolución económica. Paralelamente, se espera que los gobiernos nacionales adopten políticas específicas de apoyo dirigidas a los sectores más vulnerables o afectados por la inflación, con el objetivo de mitigar su impacto social y económico.

CONSECUENCIAS SOCIALES Y LABORALES

El impacto de la inflación no solo afecta a la economía, también tiene un fuerte impacto social. Reduce el poder adquisitivo, especialmente en quienes no ven aumentos salariales, y agrava la situación de los colectivos más vulnerables. Además, impulsa protestas laborales y despierta un mayor interés por la educación financiera como herramienta para afrontar el nuevo contexto.

CONCLUSION

La inflación que se experimenta en 2025 es el resultado de una compleja interacción entre los factores económicos, políticos y medioambientales. Aunque su control escapa a las decisiones individuales, si es posible adoptar estrategias que amortigüen sus efectos. La gestión eficiente del gasto, el uso consciente del ahorro y una actitud proactiva frente a la economía son claves para enfrentar esta etapa con mayor seguridad y resiliencia financiera. La información y la planificación se presentan, una vez más, como los mejores aliados del bienestar económico.

QUÉ ES LA FORMACION BONIFICADA A LAS EMPRESAS

La formación bonificada es una herramienta que el Estado pone a disposición de las empresas para que estas puedan proporcionar a sus trabajadores la oportunidad de realizar diferentes acciones formativas. El objetivo de estas actividades formativas es que las personas que las realizan mejoren sus competencias, adquieran nuevas habilidades y actualicen sus conocimientos acerca de un ámbito concreto.

Se trata de un tipo de formación que es totalmente gratuita para los empleados y que tampoco supone ningún coste para la empresa. Esto se debe a que el importe de estos cursos es bonificado y se financia mediante las cuotas que las empresas pagan cada mes a la Seguridad Social.

Cualquier empresa de España que tenga uno o más empleados puede acceder a la formación bonificada. Estos trabajadores deben estar en nómina, es decir, deben ser trabajadores por cuenta ajena, que la empresa ha dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social. No podrán acceder a la formación bonificada aquellos trabajadores que estén dados de alta en el RETA o Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y que colaboren con una empresa por cuenta propia.

El crédito para la formación que una empresa tendrá disponible dependerá del número de empleados que trabajan en dicha empresa, así como de las cotizaciones realizadas durante el año anterior:

  • De 1 a 5 trabajadores: Una cantidad mínima de 420€ anuales
  • De 6 a 9 trabajadores: El 100% de la cantidad cotizada por este concepto.
  • De 10 a 49 trabajadores: El 75% de la cantidad cotizada por este concepto.
  • De 50 a 249 trabajadores: El 60% de la cantidad cotizada por este concepto.
  • De 250 trabajadores o más: El 50% de la cantidad cotizada por este concepto.

Ventajas de la formación bonificada

La formación bonificada, suponen múltiples beneficios. Estas son algunas de las ventajas de la formación bonificada que cabe destacar:

  • Mayor motivación, productividad y competitividad
  • Los trabajadores adquieren nuevas habilidades
  • La empresa recupera una parte de la inversión realizada
  • Adaptación a las nuevas tecnologías
  • La imagen corporativa se ve beneficiada
  • La formación bonificada ayuda a retener el talento

¿ QUÉ ES UN PLAN DE NEGOCIOS ?

Un plan de negocio es un documento que concreta los objetivos de una empresa y cómo planea alcanzarlos. La finalidad es presentar la empresa, su viabilidad y potencial de éxito. El este plan se detalla la visión y misión, estrategias, análisis de mercado, plan de marketing, plan financiero y proyecciones de ingresos y gastos. Por todo ello, es más fácil conseguir financiamiento, ya que permite demostrar ante potenciales inversores o entidades financieras la oportunidad de crecimiento del negocio.

El objetivo de un plan de negocio es poder observar de forma integral y detallada el proyecto y comprobar si es viable, ya sea de cara a inversores, a superiores y compañeros o a nosotros mismos.

Características de un plan de negocio

  • Creativo: Un plan de negocio debe ser atractivo en forma y en contenido para captar la atención de posibles inversores y promotores.
  • Claro: Es recomendable abordar los diferentes puntos del plan de manera directa y concisa, tratando de evitar generalidades y divagaciones.
  • Valor añadido: El mejor reclamo para apostar por una nueva idea de negocio es que sea novedosa, original y aporte algo nunca visto antes en su sector. Pongámoslo de relieve en el plan de negocios para que destaque.
  • Breve: Además de claro, es recomendable que el plan de negocio sea también corto. Aunque es útil tener presente todos los detalles de tu estudio de mercado y el desarrollo de los productos que quieres vender, el formato de tu plan de negocios deberá incluir solo los elementos fundamentales para no perder la atención del lector.

Elementos de un plan de negocios

  • Resumen ejecutivo: Síntesis o introducción al plan de negocios. Posiblemente la sección más importante. Incluye descripción de la misión de la empresa, proyección financiera, objetivos, ventajas competitivas y detalles informativos de la compañía. Estos temas serán también tratados en profundidad más adelante en el plan.
  • Productos y servicios: Se indican los productos y servicios que ofrecerá el negocio, incluyendo precios, vida útil, beneficios, procesos de producción, patentes, tecnología y cualquier información sobre I+D.
  • Estudio de mercado: Análisis de la competencia, su influencia en el sector y puntos fuertes y débiles. También incluye la demanda esperada, tendencias en la industria, conducta de los consumidores y la viabilidad de arrebatar cuota de mercado a los competidores.
  • Estrategia de marketing y ventas: Proyección de campañas y definición de canales de marketing con el objetivo de atraer y mantener una base de clientes y determinar la manera de alcanzar a los consumidores.
  • Proyecciones financieras: Planes de futuro según el tipo de empresa. Cuentas anuales, balances y otras informaciones para empresas existentes. Público objetivo, estimaciones y posibles inversores para nuevas empresas.
  • Presupuesto: Incluye los costes de personal, desarrollo, producción, marketing y cualquier gasto relacionado con el negocio. En este apartado sería interesante incluir también una aproximación a un plan de compras previa investigación de las necesidades de bienes, servicios y obras del negocio durante los primeros dos años de vida de la empresa.

 

ESTIMACION DIRECTA SIMPLIFICADA

A la hora de tributar el IRPF, se disponen de 3 modalidades para determinar el rendimiento de la actividad económica:

  • Estimación objetiva (o por módulos)
  • Estimación directa normal
  • Estimación directa simplificada.

La estimación directa simplificada se regula, en los artículos 51 y 53 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y se toman como referencia para su cálculo los ingresos y los gastos (reales) que se obtienen en el ejercicio fiscal.

Requisitos para tributar en estimación directa simplificada:

Si se quiere emplear el régimen de estimación directa simplificada, para tributar el IRPF, el cumplimiento de estos requisitos es indispensable:

  • Que las actividades desarrolladas por el empresario no estén acogidas al régimen de estimación objetiva.
  • Que el volumen de negocio, sumando la totalidad de las actividades que se realizan, no supere los 600.000 € (en el año inmediato anterior). Si la facturación es superior a ese importe, se tiene que utilizar el régimen de estimación directa normal.
  • Que ninguna actividad que ejerza el contribuyente se encuentre en la modalidad normal del régimen de estimación directa.
  • No haber renunciado, previamente, a que se aplique este régimen.

Obligaciones fiscales y registrales de la estimación directa simplificada:

En el caso de que el autónomo opte por el régimen de estimación directa simplificada, no serán tantas las obligaciones fiscales y registrales a cumplir si lo comparamos con aquel que elija la estimación directa normal. De hecho, solo se van a necesitar los siguientes libros contables:

Para actividades empresariales:

  • Libro de registro de ventas e ingresos.
  • Libro de compras y gastos.
  • Libro de bienes de inversión.

Para actividades profesionales:

  • Libro de registro de ingresos.
  • Libro de gastos.
  • Libro de bienes de inversión.
  • Libro de provisiones de fondos y suplidos.

Diferencias entre estimación directa simplificada y estimación directa normal:

Son 2 las diferencias “principales” entre el régimen de estimación directa simplificada y el normal:

  • Manera en la que se calcula el rendimiento neto: si bien es cierto que el cálculo en sí, en ambos casos, se hace de la misma forma, existen una serie de particularidades que se refieren, únicamente, a la estimación directa simplificada:
    • Las amortizaciones se realizan linealmente y en base a una tabla que se ha creado, específicamente, para este régimen.
    • Las provisiones y gastos deducibles son del 5 % del rendimiento neto positivo (sin incluirlos) y con un límite de 2.000 €.
  • Obligaciones que se adquieren: estas son más “laxas” en la estimación directa simplificada (solo se necesitan los libros que hemos mencionado previamente) y más estrictas en la normal (de hecho, han de ajustarse al código de comercio y según el Plan General de Contabilidad).

 

NOVEDADES DE LA CAMPAÑA DE LA RENTA DE 2024

irpf 2020

Este año, la campaña de la declaración de la renta se inicia el día 3 de abril y se extiende hasta el 1 de julio. Además, presenta varias novedades significativas para los contribuyentes en relación a los rendimientos de trabajo y deducciones, reducciones y exenciones fiscales. También se han añadido nuevos tipos de gravamen y algunos detalles específicos para los autónomos que pueden resultar de gran interés para algunas personas.

 

  1. ¿Qué ocurre si la declaración de la renta se hace de forma errónea?

 

Al hacer la declaración de la renta, es muy importante revisar los datos correctamente ya que Hacienda puede penalizar al contribuyente mediante multas o sanciones. Algunos de los fallos más frecuentes incluyen: creer que el paro no cuenta en la declaración; olvidarse de las ayudas y de las subvenciones; no repasar correctamente todos los datos; y no aplicar bien las deducciones.

 

El error de no aplicar una deducción correctamente es considerado por Hacienda como una falta grave, aun siendo este error de los más frecuentes. Por este tipo de fallo al presentar la declaración de la renta, Hacienda impone una multa del 15% de la cantidad que reciba el contribuyente.

 

Además, incluir información falsa justifica que se impongan multas de 300 euros y esto aumenta a una sanción de entre el 50% y 100% del importe si los documentos falsos le proporcionan al contribuyente un beneficio de 3.000 euros. Asimismo, si se han utilizado métodos ilegales, la multa puede ser de hasta el 150% del importe y si el fraude llega a cantidades millonarias la multa puede llegar a ser de 30.000 euros y en casos muy graves puede superar los 300.000 euros.

 

Es por esto por lo que es de gran importancia tener cautela al hacer la declaración de la renta, revisar el borrador que facilita la Agencia Tributaria y estar actualizado/a sobre las novedades que se manifiestan cada año.

 

  1. Las novedades de la declaración de la renta de 2024

 

  1. Novedades sobre los rendimientos de trabajo.

 

La primera novedad para comentar es que, en relación a los rendimientos del trabajo, el umbral mínimo exento aumenta hasta los 15.000 euros brutos anuales para aquellos que cuenten con dos o más pagadores, por lo que hasta este límite no hay que declarar nada siempre y cuando el segundo y los siguientes pagadores superen los 1.500 euros. Por lo tanto, esto representa un aumento significativo en relación a los ingresos exentos y beneficia a muchos contribuyentes.

 

Respecto a las retenciones de los rendimientos de trabajo que vienen derivados de obras literarias, artísticas y científicas, así como los que provienen de la propiedad intelectual se reducen hasta un 7%.

 

También se ha incrementado un 0 ’26 euros/km recorrido el importe exento de gravamen destinado por la empresa a compensar gastos de locomoción además de eximirse el importe de los gastos de peaje y de aparcamiento que estén debidamente justificados.

 

Para finalizar con este apartado, en lo referente al trabajo en el extranjero por parte de empresas no españolas, no se requiere declarar los ingresos hasta los 60.100 euros, siempre y cuando exista un impuesto similar en el país correspondiente para evitar, de este modo, la doble imposición.

 

  1. Novedades sobre las deducciones, reducción y exenciones

 

Lo primero para comentar es que hay una nueva deducción por maternidad de 1.200 euros por hijo menor de 3 años (100 euros mensuales), independientemente de si la madre tiene trabajo o de si está en situación de desempleo. Además, respecto a los planes de pensiones empresariales, el límite de la reducción aumenta hasta los 8.500 euros y también se aumenta la deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación hasta el 50%.

 

Finalmente, también hay una exención de los rendimientos del trabajo derivados de la entrega de acciones o participaciones de empresas emergentes a sus trabajadores, con un tope máximo de 50.000 euros.

 

 

  1. Nuevos gravámenes

 

Respecto a los nuevos gravámenes, se aumentan en la base imponible del ahorro un 27% entre los 200.000 y 300.000 euros, y hasta el 28% si es superior a esta última cantidad.

 

 

  1. Novedades para los autónomos y por cuenta propia

 

La campaña de 2024 incluye bastantes novedades para los autónomos y para los trabajadores por cuenta propia. Por ejemplo, cualquiera que haya estado dado de alta durante 2023, debe presentar la declaración de la renta, aunque no cumplan con los ingresos mínimos que se exigían antes.

 

Además, este año se ha creado un nuevo sistema que tendrá en cuenta los ingresos reales de los autónomos y se eleva la reducción de los gastos de difícil justificación hasta un 7% con un máximo de 2.000 euros.

 

Los autónomos que utilicen el método de estimación objetiva para determinar su rendimiento neto, podrán aplicar una reducción general del 10% mientras que el año pasado era de un 5%. En adición a esto, los autónomos que trabajen desde casa podrán aplicar una deducción del 30% de los gastos de suministros que estén relacionados con su actividad laboral.

 

  1. Conclusión

 

Por lo tanto, para poder evitar posibles sanciones por parte de Hacienda, se debe de tener mucho cuidado al hacer la declaración de la renta y repasar todos los datos correctamente, además de prestar atención cada año a las modificaciones que se deben de aplicar en el documento donde se consignan los ingresos y las inversiones.

 

SERVICIOS DE ABOGADOS: ¿CÓMO DEBEN FACTURARSE?

Dentro del mundo judicial encontramos términos como minuta, honorarios o costas procesales, los cuales no existen en el resto de profesiones independientes al momento de facturar. Ahora bien, el hecho de utilizar estas palabras como parte de la jerga habitual del sector, no implica un cambio significativo a la hora de hacer una factura de estos servicios.

En resumen, se realiza el mismo trabajo que cualquier otro profesional autónomo, y por lo tanto se han de cumplir los mismos requisitos que cualquier especialista de otro campo laboral.

¿Qué datos debe incluir un abogado al facturar un servicio?

Una factura de abogado tiene que incluir todos los elementos obligatorios para cualquier profesional, desglosando cada concepto e indicando claramente los siguientes datos:

  • Una numeración correlativade facturación sin saltos entre las distintas facturas numeradas.
  • La fecha de expedición de la factura así como la fecha de vencimientode la misma.
  • Losdatos fiscales identificativos tanto del emisor como del receptordel servicio.
  • El concepto y la descripción del serviciorealizado que se ha llevado a cabo.
  • La base imponibleo importe neto.
  • La cuantía de cada posible impuesto o retención aplicadasobre la base imponible.
  • El importe total finaluna vez incluidos impuestos, retenciones y otros conceptos que puedan ser de aplicación en cada caso.

Retenciones de IRPF

Existen 3 escenarios en los que las retenciones aplicadas son distintas:

  • No existe retención si el servicio lo recibe una persona física.
  • En el caso de recibir el servicio una persona jurídica, se aplica el 15 % de retención con carácter general.
  • En caso de ser nuevos autónomos, se puede optar por aplicar un 7%

El IVA

En lo que respecta al IVA, este servicio se grava a un 21 % de IVA con carácter general. Esto se aplica tanto en conceptos de minuta, honorarios y cualquier otro concepto relacionado con el desarrollo de la actividad profesional.

Ahora bien, existe un caso en el cual no procede la aplicación del IVA: cuando se realiza un trabajo de oficio.

La peculiaridad de las costas procesales al facturar como abogado

A grandes rasgos, diremos que costas procesales son aquellos gastos que surgen al tramitarse el procedimiento judicial. Abarca conceptos como los honorarios profesionales como abogados o peritos, así como certificaciones o documentos que no sean solicitados directamente por el juzgado. También los gastos de notario o los derechos del procurador entrarían dentro de esta categoría.

Si se pierde un proceso judicial, el juez puede imponer las cargas procesales a la parte perdedora del litigio, y esta deberá hacer frente a la minuta y los honorarios del abogado de la contraparte junto al IVA asociado a dicho concepto.

Es en este punto cuando el tratamiento del IVA del servicio se vuelve peculiar, ya que como abogados no hemos llevado a cabo un servicio para la contraparte que ha perdido y debe hacerse cargo de las costas. El IVA varía en función del tribunal en el que se encuentre el caso.

Dependiendo del tribunal que dicte sentencia, el tratamiento del IVA varía según de la siguiente forma:

  • La sala de lo penal incluye el IVA en las costas procesales.
  • La sala social incluye el IVA dentro de la tasación de costas.
  • La sala de lo Contencioso-Administrativo no incluye el IVA dentro de su tasación.
  • La sala de lo civil no tiene una jurisprudencia clara sobre cómo tratar el IVA dentro de su área de decisión.

 

LA FIGURA DEL AUTÓNOMO DEPENDIENTE O TRADE

El autónomo dependiente es una figura que se recoge en el Estatuto del Trabajador Autónomo. Tiene una serie de ventajas, obligaciones y particularidades con respecto a un autónomo tradicional.

¿Qué es el trabajador autónomo económicamente dependiente?

Para definir lo que es un trabajador autónomo dependiente económicamente, hay que enfocarse en aquellas personas que trabajan por cuenta propia y el 75 % de sus ingresos, al menos, los reciben a través de un solo cliente.

Es decir, esta figura se da cuanto un autónomo tiene un cliente preferencial con una estrecha relación que le comporta prácticamente la totalidad de sus ingresos. Este cliente puede ser una empresa o una persona a la que se prestan sus servicios de forma habitual y directa.

Para llevar a cabo la actividad, se ha de disponer de material propio y una infraestructura que permita ejercer la actividad de manera independiente del cliente. No se pueden tener trabajadores por cuenta ajena o subcontratar a terceros parte o todo el trabajo para el que se ha sido contratado.

Los requisitos que se han de cumplir para pertenecer a esta categoría son:

  • La actividad que se desarrolle ha de atender a criterios de organización propios al 100 %. Es decir, cada trabajador por cuenta propia se puede organizar su trabajo como guste y no como le indique un superior.
  • No se puede tener a cargo a un trabajador ni se puede subcontratar parte de la actividad a una tercera persona. Dicho de otro modo, el trabajador autónomo debe desarrollar la totalidad del trabajo por sí mismo.
  • Se ha de recibir una contraprestación económica a cambio del trabajo realizado según lo pactado. Una persona que trabaja de forma gratuita no es un TRADE.
  • El autónomo ha de contar con infraestructuras y materiales propios para realizar el trabajo. Es decir, si se acude a una empresa a realizar un trabajo, no se debería utilizar un ordenador de esa empresa, sino un portátil propio.

Toda vez que se cumplan estas condiciones, se debería formalizar el contrato entre la empresa y el autónomo dependiente económicamente. Posteriormente, se tendrán que incorporar las cláusulas convenidas entre ambas partes y proceder al registro.

¿Cuáles son las características del autónomo dependiente y su funcionamiento?

En este caso, se le debe comunicar al cliente que se está en esta situación y, obligatoriamente, se ha de formalizar un contrato por escrito. El cliente puede solicitar al profesional que se acredite la condición de autónomo dependiente económicamente a la fecha de celebración del contrato o en cualquier otro instante posterior, siempre y cuando hayan transcurrido, al menos, 6 meses desde la última acreditación. Para determinar dicha acreditación, se puede recurrir a la última declaración de la renta o a un certificado de rendimientos emitido por Hacienda.

El contrato que se firme se tendrá que registrar en la oficina del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) en un plazo no superior a 10 días tras la firma y se tendrá que comunicar al cliente el registro en un plazo de 5 días hábiles. Este registro no tiene carácter público. Si en un período de 15 días el cliente no ha recibido la comunicación de dicho registro, será el propio cliente el que deba registrar el contrato en el SEPE en un plazo de 10 días hábiles.

Se ha de incorporar en la cotización no solo la cobertura de la incapacidad temporal, sino también por enfermedades profesionales y accidentes de trabajo de la Seguridad Social, que se debe contratar con una Mutua de forma obligatoria.

¿Cuáles son los requisitos del contrato?

La regulación de este tipo de contratos da respuesta a una realidad social que precisa de cobertura legal. Es decir, existe un colectivo de trabajadores autónomos que, a pesar de su autonomía funcional, desarrollan su actividad con dependencia económica del cliente o empresa que les contrata. De este modo, se justifica la figura del TRADE en el Estatuto del Trabajo Autónomo.

El contrato tendrá la duración que se acuerde entre las partes y se podrá remitir a la finalización del servicio terminado o se podrá fijar una fecha de término del contrato.

En el supuesto de que no se fije una duración concreta del servicio, se presumirá que dicho contrato se ha pactado desde su formalización de manera indefinida.

¿Cuáles son las obligaciones de un autónomo dependiente?

Entre las obligaciones que tiene un autónomo TRADE está demostrar su dependencia económica y que disfruta de las ventajas que le otorga la legislación vigente. Dichas obligaciones responden a lo siguiente:

  • Comunicar al cliente que se tiene una situación de dependencia y formalizarlo mediante un contrato mercantil.
  • Registrar el mencionado contrato en el SEPE, sin que este tenga que reflejar una duración determinada. La información que se ha de reflejar en el contrato es el objeto del trabajo, la duración de las jornadas laborales y las condiciones en las que se respetarán las vacaciones.
  • El TRADE tiene obligación de cotizar por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.

Ventajas que puede disfrutar un autónomo dependiente

Según la Federación Nacional de Trabajadores Autónomos (ATA), las ventajas de pertenecer a los autónomos dependientes económicamente son:

  • Cobertura de un contrato mercantil. Es algo que se recomienda a todos los autónomos, pero es obligatorio para los TRADE. Esto ayuda a que no haya problemas a posteriori. Además, si el cliente incumple lo pactado se podrá cobrar una prestación por desempleo.
  • Derecho a paro con más facilidades. El autónomo tiene derecho a paro siempre y cuando haya cotizado durante 12 meses, al menos. Un autónomo tradicional ha de acreditar pérdidas de un 10 % de los ingresos para tener derecho a esta prestación. En cambio, un TRADE solo ha de justificar la finalización del contrato.
  • El autónomo dependiente frente al empleado por cuenta ajena tiene libertad para escoger sus horarios, método de trabajo y establecer una serie de condiciones acorde a sus exigencias. Dicho de otra forma, no se está tan atado a lo que diga el cliente.
  • Conciliación familiar. Entre los derechos de los trabajadores autónomos dependientes figura la adecuación de la jornada laboral a su situación personal.
  • Permiso de maternidad. Una mujer que sea económicamente dependiente tiene derecho al permiso de maternidad, aunque no haya cotizado un mínimo de 180 días.
  • Rescisión del contrato sin penalización. El contrato mercantil se puede interrumpir sin consecuencias en los supuestos de causa de fuerza mayor o por tener que atender a un menor o a un familiar dependiente.
  • Horas extraordinarias y jornada laboral fija. En el contrato suscrito se han de estipular las horas máximas por jornada de trabajo y, si es necesario, reflejar el número de horas extraordinarias. En caso de que no se reflejen, la ley indica que las horas extra no pueden exceder del tiempo ordinario de actividad más de un 30 %.
  • Vacaciones estipuladas. Los autónomos dependientes tienen derecho a descansar durante, al menos, 18 días hábiles anuales. Dicho descanso podrá ser retribuido o no, en función del acuerdo con el cliente.

 

LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD

La Ley de la Segunda Oportunidad tiene el objetivo de facilitar el pago de las deudas a los afectados sin necesidad de perder el derecho al cobro.

Aunque el principal beneficio es aliviar la situación de quienes se encuentran ahogados por las deudas y no tengan capacidad económica para seguir adelante, no todo son ventajas.

Hay que tener en cuenta que este proceso podría acabar con el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho, aunque hasta un cierto límite así como requisitos para atenerse a ello.

Requisitos que se deben cumplir

En primer lugar, es imprescindible ser una persona física o autónomo, por lo que no es válido para empresas o personas jurídicas. Además, el beneficiario no puede haber disfrutado de esta normativa con anterioridad a los últimos 10 años.

Por otro lado, tampoco se aceptarán los casos en los que el importe total de la deuda supere los cinco millones de euros. Además, lo principal es que el deudor sea de buena fe y liquide previamente el patrimonio.

Además, tendrá que ser considerado no culpable en concurso, no haber sido condenado en sentencia firme por delitos económicos o sociales, que haya intentado un acuerdo extrajudicial de pagos y que haya satisfecho los créditos contra la masa y los privilegiados y al menos el 25% del importe de los créditos concursales ordinarios.

Tipos de deudas que se pueden beneficiar

Los préstamos más comunes son los personales, estos implican ceder una cantidad a cambio de su devolución en cuotas periódicas. Pueden incluir intereses, comisiones y gastos adicionales según lo firmado en el contrato. Habitualmente tienen los tipos de interés más altos.

Los microcréditos o los créditos rápidos, aunque tienen un acceso más fácil, el tiempo para devolver el dinero es menor. De este modo la deuda se podría acumular más fácilmente.

Las hipotecas son otro tipo de préstamos que pueden cancelarse con esta ley y suponen mayor impacto en las familias. Se podría eliminar la deuda entregando el inmueble hipotecado o liquidándolo, teniendo así una deuda pendiente.

Sin embargo, quedan fuera de la Ley de Segunda Oportunidad los casos de deudas con la Administración Pública. Sin embargo, ya hay sentencias a favor de cancelar estos débitos por parte de los tribunales.

Si aún tienes alguna duda o quieres que te asesoremos en asuntos relacionados con este tema, no dudes en contactar con nosotros.

Desde Álvarez  & Asociados estaremos encantados de atenderte.

EL COLEGIO DE REGISTRADORES HACE PÚBLICO SU INFORME DE ESTADÍSTICA MERCANTIL

estadística, informe

El Colegio de Registradores ha publicado recientemente su informe de Estadística Mercantil correspondiente al mes de septiembre de 2020. En él, se ponen de manifiesto los principales indicadores tanto de la confianza empresarial como de las dificultades financieras que atraviesa el tejido empresarial español.

Veamos los datos correspondientes a la Comunitat Valenciana:

CONSTITUCIONES

En lo que respecta a nuestra comunidad, se registraron un total de 758 constituciones de empresas, superando así en un 11,3% el mismo dato de septiembre de 2019, cuando se inscribieron 681 nuevas sociedades en el territorio.

A la luz de los datos, se confirma también la evaluación positiva de este indicador en el territorio nacional con una subida del 15% durante el año pasado. Mejoría que ya empezó a notarse en el mes de agosto tras haber alcanzado un descenso récord del 72,1% en el mes de abril de 2020, motivado sobre todo por la suspensión de todos los procedimientos debido al estado de alarma decretado por el Gobierno.

AMPLIACIONES DE CAPITAL

Este indicador muestra por primera vez un crecimiento desde el mes de abril. No obstante, este crecimiento a nivel nacional aún es leve, de solamente de un 1,2%, frente a los descensos de hasta 11 puntos mostrados en los meses anteriores.

Centrándonos en la Comunitat Valenciana, se inscribieron un total de 193 operaciones de ampliación en los registros, lo que supone un crecimiento del 24,5% respecto al año anterior.

CONCURSOS DE ACREEDORES

Este sea el dato que quizás mas alarma ha creado, y es que se ha producido un fuerte repunte anual del 55% respecto al mismo mes del año anterior: 282 expedientes registrados frente a los 182 que se realizaron en septiembre de 2019.

Este repunte, no obstante, se produce tras las caídas experimentadas por el indicador en los meses anteriores, debido principalmente a dos factores: El estado de alarma y su consiguiente ralentización de los procesos, y el RD 16/2020 de 28 de abril que ampliaba los plazos para presentar concurso voluntario.

La Comunitat Valenciana se mantiene levemente por debajo de la media, con un aumento de 46,9 puntos. Si en septiembre de 2019 se registraron 32 expedientes de concurso, este año han sido 47 las sociedades que han llevado a cabo este proceso.

TRASLADOS DE SEDE SOCIAL ENTRE COMUNIDADES AUTÓNOMAS

En este caso, los datos que se dan son los correspondientes al 3º trimestre en su conjunto, y solamente de aquellas confirmaciones que han sido inscritas en los registros de destino.

Se observa que, a lo largo del periodo, se han producido un total de 1.104 movimientos de empresas que han decidido cambiar su sede social a una Comunidad Autónoma distinta.

En el caso de la Comunitat Valenciana, han sido 96 las empresas que han abandonado el territorio. La mayoría de ellas lo hicieron con destino a la Comunidad de Madrid y a Cataluña (28 y 27 empresas respectivamente).

Sin embargo, han sido 103 empresas las que han decidido traer su sede social a nuestra comunidad, lo que hace un saldo positivo de 7 empresas en los registros autonómicos.  Nuevamente, los lugares de origen de estas empresas son la Comunidad de Madrid (41) y Cataluña (26).

 

Puedes consultar estos datos con mas detalles, tanto de la Comunitat Valenciana como del resto de comunidades autónomas, en el siguiente enlace:

https://www.registradores.org/actualidad/portal-estadistico-registral/estadisticas-mercantiles#portlet_com_liferay_journal_content_web_portlet_JournalContentPortlet_INSTANCE_210Inub8fs2s