¿QUÉ HAGO SI OCUPAN MI CASA?

En España cada vez hay más ocupación ilegal de pisos. Se estima que en los últimos años el crecimiento ha sido de un 25% anual, y que el 75% de estas viviendas ocupadas ilegalmente están controladas por mafias.

Cuando se ocupa un piso de manera ilegal, se pueden estar cometiendo dos delitos: delito de usurpación de vivienda o delito de allanamiento de morada.

EL DELITO DE ALLANAMIENTO DE MORADA

Se comete este delito cuando la ocupación se produce sobre la vivienda que el propietario utiliza como vivienda habitual.

El allanamiento de morada se castiga con hasta dos años de prisión. Si la entrada se produce con violencia o intimidación, la pena puede aumentar hasta los cuatro años.

También se considera delito de allanamiento cuando no es el propietario quien vive en el piso, sino que está alquilado o cedido a alguien para que viva allí.

EL DELITO DE USURPACIÓN DE VIVIENDA

En este caso, el piso que se ocupa ilegalmente no es la vivienda habitual del propietario, o no está alquilado o cedido a alguien para que viva allí. Son viviendas vacías, abandonadas o en construcción.

Se entiende que la ocupación es ilegal cuando la entrada se produce sin el permiso del legítimo propietario y además se hace con al ánimo de permanecer en ella. Si entraran en la vivienda solo para llevarse algo, entonces estaría cometiendo un delito de robo con fuerza.

QUÉ HACER SI ERES VICTIMA DE UNA OCUPACIÓN

Ante todo, es importante que no intentes echar a los okupas tu mismo, ya que podrías enfrentarte a un delito de acoso o un delito de amenazas. Tampoco es aconsejable recurrir a las empresas de desalojos de okupas.

Lo primero que debes hacer si alguien ocupa tu piso es acudir a un abogado. Te aconsejará sobre cuál es la mejor forma de proceder en cada caso. Normalmente, las dos opciones que hay son poner una denuncia en comisaría o presentar una demanda de desahucio en el juzgado.

  • Denuncia por delito de usurpación: En cuanto tengas noticia de que alguien ha ocupado tu casa, puedes denunciarlo a la Policía. Para que la policía pueda proceder al desalojo, primero tiene que entrar en la vivienda. Como los okupas suelen cambiar las cerraduras, la Policía no puede abrir la puerta con tu llave, por lo que no puede acceder al interior de la vivienda.
  • Demanda de desahucio: Si los okupas han cambiado la cerradura, que es lo más habitual, tan sólo queda el recurso de iniciar acciones judiciales para intentar desalojarlos. En este caso, será tu abogado quien te asesore y decida entra las distintas opciones que, por vía civil, se establezcan en las leyes.

 

Si aún tienes alguna duda o quieres que te asesoremos en asuntos relacionados con este tema, no dudes en contactar con nosotros.

Desde Álvarez  & Asociados estaremos encantados de atenderte.

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