Muchos empleados domésticos desempeñan su profesión sin estar dados de alta en la seguridad social y sin ninguna regularización de sus contratos de trabajo. Esta es quizás una situación, a pesar de ser absolutamente ilegal, es también muy cotidiana.
Esto conlleva que el trabajador no cotice por su trabajo, con los perjuicios que ello inherentes para futuras prestaciones como jubilación, bajas médicas, incapacidades permanentes, maternidad o paternidad. Tampoco podrá solicitar vacaciones remuneradas. También es probable que su salario no alcance la cantidad mínima legalmente establecida.
Alta en la Seguridad Social
Como norma general, la persona que vaya a contratar a un empleado es la que debe tramitar el alta en la Seguridad Social con antelación al comienzo de la actividad laboral, excepto si se prestan servicios durante menos de 60 horas al mes en cada hogar.
En el caso de que se presten servicios por menos de 60 horas mes en un hogar, es el empleado el que, , se encargará directamente todos los trámites y obligaciones de pago frente a la Seguridad Social. Para ello deberá contar con la firma y constancia del empleador
Salario de los empleados domésticos
El sueldo mínimo de los empleados del hogar es el Salario Mínimo Interprofesional o SMI, que en actualmente es de 950 euros al mes, en jornada completa y en 14 pagas.
Si un trabajador presta servicios durante menos horas, por ejemplo, a jornada parcial, su salario debe ser, como mínimo, la parte proporcional al SMI.
En el caso de empleados domésticos internos, que reciben alojamiento y comida en la casa donde trabajan, una parte de dicho salario puede retribuirse en especie, pero nunca superando el 30 por ciento del salario total, no pudiéndose descontar esta retribución en especie del SMI en computo mensual.
Vacaciones de un empleado del hogar
Las vacaciones son de 30 días naturales, que pueden fraccionarse en dos o más periodos.
Las fechas se pactan entre las partes, si no hay acuerdo 15 días pueden fijarse por el empleador y el resto por el empleado.
Las fechas de estas vacaciones deben conocerse por ambas partes con al menos dos meses de antelación.
Sanciones por no darse de alta en la Seguridad Social
No dar de alta al empleado doméstico es una infracción grave, como también lo es dar de alta al trabajador fuera del plazo establecido tras una inspección.
Las sanciones por esta infracción se aplican en forma una multa que puede ir desde los 3.126,00€ hasta un máximo de 6.250,00€ euros.
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