NACIONALIDAD ESPAÑOLA A TRAVÉS DE LA LEY DE MEMORIA DEMOCRÁTICA

La Ley 20/2022 de Memoria Democrática abre las puertas a la adquisición de la nacionalidad española en varios casos específicos. En el despacho de Alvarez y Asociados, queremos informarte sobre estas oportunidades:

1️⃣ Exilio por motivos políticos, ideológicos o de creencias:

¿Tus padres, abuelos o abuelas fueron españoles y perdieron la nacionalidad debido al exilio por razones políticas, ideológicas, de creencia u orientación e identidad sexual? ¡Esta ley te ofrece la posibilidad de recuperar la nacionalidad española!
2️⃣ Matrimonio de mujeres españolas antes de 1978:

Si eres hijo/a de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad al casarse con extranjeros antes de la Constitución de 1978, ¡ahora puedes considerar la opción de obtener la nacionalidad española!
3️⃣ Reconocimiento de nacionalidad de origen:

Los hijos/as mayores de edad de españoles a quienes se les reconoció la nacionalidad de origen mediante el derecho de opción según la Ley 52/2007 también pueden beneficiarse de esta ley.
¿Cómo proceder? 🤔

Si cumples con alguno de estos casos, te invitamos a formalizar la declaración de opción en un plazo de dos años desde la entrada en vigor de la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática. Además, ten en cuenta que existe la posibilidad de prórroga por un año más mediante Acuerdo del Consejo de Ministros.
En Alvarez y Asociados, estamos aquí para asesorarte en este proceso. ¡Contáctanos para más detalles y acompáñate de expertos en derecho! 📞💼

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