INFLACION SIN FRENO: CAUSAS GLOBALES Y SOLUCIONES PERSONALES

Durante el año 2025, la ciudadanía continúa enfrentando un escenario económico marcando por aumento sostenido de los precios. Desde la cesta de la compra hasta los servicios más básicos como la electricidad o el alquiler, los efectos de la inflación son palpables en el día a día. Comprender que la provoca y cómo actuar ante este fenómeno económico se ha convertido en una necesidad para muchas personas y familias.

¿QUÉ ES LA INFLACIÓN?

La inflación se define como el aumento generalizado y continuo de los precios de bienes y servicios en un país. Cuando esta se produce, el dinero pierde valor adquisitivo: con la misma cantidad se pueden adquirir menos productos. Este fenómeno impacta directamente en la economía familiar, reduciendo la capacidad de ahorro y consumo.

FACTORES QUE EXPLICAN LA INFLACION EN 2025

Aunque los niveles de inflación actuales han disminuido con respecto a los picos de 2022, todavía existen varios factores que la mantienen elevada:

  • TENSIONES GEOPOLITICAS INTERNACIONALES,

Especialmente aquellas que afectan al suministro de energía

 

  • CONDICIONES CLIMATICAS ADVERSAS,

Como sequias prolongadas, que afectan la producción de alimentos

 

  • POLITICAS MONETARIAS RESTRICTIVAS,

Impulsadas por el Banco Europeo (BCE), que elevan los tipos de interés y encarecen el crédito.

SECTORES MAS AFECTADOS

Según datos del Instituto Nacional de Estadísticas (INE), los productos y servicios con mayores incrementos en precio son:

  • ALIMENTOS BASICOS, como aceite, pan, leche y verduras.
  • VIVIENDA Y ALQUILERES, especialmente en grandes núcleos urbanos.
  • ENERGIA, incluyendo electricidad, gas y combustibles.
  • SERVICIOS PERSONALES, como hostelería, peluquerías o restauración.

ESTRATEGIAS PARA MITIGAR EL IMPACTO

Diversos expertos en finanzas personales recomiendan adoptar medidas para proteger la economía individual o familiar:

  1. REVISION DE GASTOS COTIDIANOS, reduciendo aquellos que no son esenciales.
  2. OPTIMIZACION DEL AHORRO, buscando productos financieros con rentabilidad real y positiva.
  3. COMPARACION DE PRECIOS y consumo consciente.
  4. FORMACION ECONOMICA BASICA, para entender cómo afecta la inflación al presupuesto y cómo actuar frente a ella.

INVERSIONES RECOMENDADAS EN ENTORNOS INFLACIONARIOS

Existen diversas opciones de inversión que históricamente han servido como refugio en contexto de inflación:

  • BIENES INMUEBLES, como viviendas o locales, que pueden generar rentas y revalorizaciones
  • ORO Y METALES PRECIOSOS, tradicionalmente considerado activos defensivos.

¿QUE SE ESPERA A MEDIO PLAZO?

Se prevé una desaceleración gradual de los precios en los próximos meses, siempre que los mercados energéticos y agrícolas logren estabilizarse. En este contexto, el Banco Central Europeo continuara supervisando de cerca tanto el consumo como la oferta monetaria, realizando ajustes en los tipos de interés en función de la evolución económica. Paralelamente, se espera que los gobiernos nacionales adopten políticas específicas de apoyo dirigidas a los sectores más vulnerables o afectados por la inflación, con el objetivo de mitigar su impacto social y económico.

CONSECUENCIAS SOCIALES Y LABORALES

El impacto de la inflación no solo afecta a la economía, también tiene un fuerte impacto social. Reduce el poder adquisitivo, especialmente en quienes no ven aumentos salariales, y agrava la situación de los colectivos más vulnerables. Además, impulsa protestas laborales y despierta un mayor interés por la educación financiera como herramienta para afrontar el nuevo contexto.

CONCLUSION

La inflación que se experimenta en 2025 es el resultado de una compleja interacción entre los factores económicos, políticos y medioambientales. Aunque su control escapa a las decisiones individuales, si es posible adoptar estrategias que amortigüen sus efectos. La gestión eficiente del gasto, el uso consciente del ahorro y una actitud proactiva frente a la economía son claves para enfrentar esta etapa con mayor seguridad y resiliencia financiera. La información y la planificación se presentan, una vez más, como los mejores aliados del bienestar económico.

TRÁMITES MIGRATORIOS EN CRISIS: EXTRANJEROS EN EL LIMBO LEGAL

Desde diversos sectores jurídicos y sociales se observa con preocupación la huelga convocada para el próximo 16 de junio por los funcionarios de las Oficinas de Extranjería, impulsada por el sindicato Comisiones Obreras (CCOO). Esta protesta no se percibe como un hecho aislado, sino como la consecuencia directa del colapso administrativo derivado de la reciente entrada en vigor del nuevo Reglamento de Extranjería, el pasado 20 de mayo.

La sobrecarga de trabajo es evidente: se han generado más de 200.000 nuevos expedientes en apenas unas semanas, sin que se hayan reforzado de forma efectiva los recursos humanos ni técnicos en los servicios encargados de su tramitación. Aunque el Gobierno ha anunciado la incorporación de 750 nuevos empleados públicos, la mayoría de ellos no se integrarán hasta septiembre, y su formación específica en materia de extranjería aún es incierta.

Los funcionarios denuncian una grave falta de planificación, escasa formación sobre la aplicación del nuevo reglamento y ausencia de instrucciones claras. Esta situación, según numerosos profesionales, no solo afecta a los trabajadores públicos, sino también a los propios usuarios: miles de personas extranjeras que esperaban resolver su situación administrativa en España se ven atrapadas en un sistema colapsado, lento y, en muchos casos, opaco.

Uno de los ejemplos más preocupantes es el del arraigo social y formativo, una de las vías más utilizadas por personas en situación irregular para regularizar su residencia en España. Para poder presentar este trámite, es indispensable contar con el informe de arraigo emitido por los servicios sociales municipales. Sin embargo, actualmente muchos ayuntamientos afirman no tener directrices claras ni instrucciones oficiales para emitir dichos informes conforme al nuevo reglamento, lo que está generando bloqueos importantes.

Como consecuencia, numerosos migrantes se ven obligados a posponer la presentación de su solicitud de residencia, ya que, sin el informe de inserción soail, el expediente no puede iniciarse. Esta falta de coordinación entre la administración central y los gobiernos locales pone en evidencia una implementación deficiente de la reforma, que termina afectando gravemente a quienes más necesitan una respuesta rápida y eficaz.

Desde el punto de vista de quienes trabajamos en el ámbito de la extranjería, esta huelga y el caos actual en la tramitación deben servir como una llamada de atención urgente. Es fundamental mejorar las condiciones laborales del personal, dotar a las oficinas de medios suficientes y garantizar una implementación eficaz, coherente y uniforme de la normativa.

La reforma del reglamento, aunque necesaria y positiva en sus objetivos, corre el riesgo de fracasar si no va acompañada de una verdadera inversión institucional en su aplicación.

Finalmente, la huelga del 16 de junio no debe interpretarse únicamente como una protesta laboral, sino como un clamor frente al deterioro del sistema de extranjería, que debe ser reformado para ser más eficiente, justo y respetuoso tanto con los derechos de los trabajadores públicos como con los de la ciudadanía migrante.

CERTIFICADO DE RESIDENCIA FISCAL

El certificado de residencia fiscal se trata de un documento que se emite por las administraciones tributarias de cada país (en España, la AEAT) con el fin de acreditar la residencia fiscal de un contribuyente y saber cómo debe tributar. Es importante saber que la residencia fiscal no equivale al permiso de residencia en un país, por lo que este certificado es totalmente necesario a la hora de determinar el lugar de tributación.

Tipos de certificados de residencia fiscal

Existen tres tipos de certificados de residencia fiscal en España:

  1. Certificado de residencia fiscal en España para Españoles: Acredita la residencia del contribuyente en España y, por lo tanto, está sujeta a las leyes fiscales españolas.
  2. Certificado de residencia fiscal en España-Convenio: Es el tipo de certificado que se utiliza para evitar la doble imposición. Sirve para demostrar la residencia fiscal en España frente a las autoridades fiscales extranjeras. De esta forma se evita pagar impuestos dos veces por los mismos ingresos.
  3. Certificado de no residentes en España: Acredita que una persona es residente fiscal en España. Es válido durante tres meses después de su expedición y se debe presentar en una oficina de extranjería o en la Dirección General de la Policía. Es importante para extranjeros que necesiten probar su estado de no residentes.

Obtención del certificado de residencia fiscal en España

El proceso para la obtención del certificado de residencia fiscal en España es sencillo y puede realizarse tanto de forma presencial como de manera telemática. Para obtener el certificado a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, será necesario contar con un certificado digital o estar registrado en el sistema Cl@ve.

Obtener el certificado de residencia fiscal por solicitud telemática

  1. Acceder al portal de la Agencia Tributaria.
  2. Seleccionar la opción “Certificados tributarios” y elegir el tipo de certificado que necesitas.
  3. Completar el formulario con la información requerida (nombre, NIF, domicilio fiscal, etc.).
  4. Validar y firmar digitalmente la solicitud.

En caso de no cumplir con los requisitos de residencia fiscal, se podrá denegar el certificado, pero el solicitante tiene la opción de presentar documentación adicional para acreditar su situación.

Documentación requerida para obtener el certificado de residencia fiscal

Para solicitar el certificado, es necesario aportar los siguientes datos:

  1. Datos básicos del solicitante (o representante, si procede): nombre, apellidos, NIF, razón social y lugar de domicilio.
  2. Documentación que demuestre la residencia fiscal en España.
  3. Razones por las que se solicita este certificado.
  4. Fecha y firma del solicitante o representante.

Validez del certificado de residencia fiscal

El certificado de residencia fiscal tiene una validez general de un año desde su emisión, salvo excepciones como los casos de administración pública o estados extranjeros, donde puede tener una validez indefinida. Además, si hay cambios en la situación fiscal del contribuyente, el certificado puede quedar sin efecto antes del año.

PUEDE UNA COMUNIDAD DE VECINOS VENDER LA CASA DEL PORTERO

Cuando en una comunidad de vecinos existe una vivienda que era utilizada por el portero y que ya no es habitada porque se ha suprimido el servicio de portería, muchos de los vecinos se plantean si esa vivienda puede ser vendida y rebajar así las cuotas comunitarias y/o las derramas. Para poder proceder a esta venta, se han de respetar una serie de requisitos.

En primer lugar, se tendrá que comprobar si la vivienda del portero constituye una finca independiente o si bien forma parte del edificio como zona común.

Si forma parte del edificio como parte común, se tendrá que desafectar de ese elemento común para convertir la vivienda en una entidad independiente como ocurre con el resto de las viviendas y locales que conforman el edificio. Para ello, será necesario convocar una Junta de Propietarios de manera fehaciente y acordar la desafección por unanimidad de todos los propietarios, tanto de los presentes como de los ausentes, ya que supondrá cambiar el título consitutivo de la propiedad horizontal al tener que designarle un coeficiente de participación porque pasará a ser un elemento privativo. En esa misma Junta, se facultará al presidente para que pueda otorgar escritura pública par la desafección del inmueble y posterior inscripción en el Registro de la Propiedad.

Si el fin de la desafección es la venta a un tercero, habrá que hacer constar el destino del importe que se obtenga con la compraventa.

Por último, la desafección del elemento común conlleva la obligación de liquidar una serie de impuestos, como son el de Actos Jurídicos Documentados. Sin embargo, la desafección no está sujeta al impuesto de plusvalía municipal.

MODIFICACION EN LOS TIPOS DE IVA A PARTIR DEL 1 DE OCTUBRE

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el pasado 27 de junio unos cambios transitorios en los tipos de IVA aplicables a ciertos productos esenciales, los cuales entrarán en vigor el 1 de octubre de 2024, y estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2024.

Este ajuste fiscal responde a la necesidad de mitigar el impacto de la inflación sobre los alimentos y, al mismo tiempo, favorecer una recuperación económica progresiva.

Los cambios en los tipos impositivos son:

 

PRODUCTOS IVA hasta el 30/09/24 IVA del 01/10/24 al 31/12/24
Productos básicos (pan, leche, huevos, frutas, verduras, quesos, cereales, legumbres y aceite de oliva) 0% 2%
Aceites de semillas y pastas alimenticias 5% 7,5%

 

Este cambio en los tipos de IVA lleva aparejado también un cambio en los tipos de régimen de equivalencia:

  • En los productos que pasan del 0% al 2%, el nuevo recargo de equivalencia será del 0,26%
  • En los productos que pasan del 0% al 2%, el nuevo recargo de equivalencia será del 1%

¿QUÉ ES EL PRORRATEO DE LAS PAGAS EXTRAS?

Las pagas extraordinarias son una parte esencial de la retribución salarial de un trabajador en España. A diferencia de otros conceptos salariales, estas no se cobran mensualmente, sino en momentos específicos del año, salvo que se paguen prorrateadas.

La regulación de las pagas extraordinarias se encuentra en el artículo 31 del Estatuto de los Trabajadores. Este establece la existencia de dos pagas extras: una en Navidad y otra en la fecha que determine el convenio colectivo o el contrato de trabajo. Estas pagas extras tienen la función de proporcionar un ingreso adicional en momentos clave del año, tradicionalmente asociados a mayores gastos.

Los convenios colectivos tienen la potestad de regular la cuantía de las pagas extraordinarias y aumentar su número, pudiendo haber hasta cinco pagas al año. También determinan el momento de su pago, lo que puede variar significativamente entre diferentes sectores y empresas.

Cotización y retención fiscal

Aunque las pagas extraordinarias no se paguen mensualmente, se computan todos los meses para calcular la base de cotización a la Seguridad Social. La base de cotización para contingencias comunes incluye el salario bruto mensual más la parte proporcional de las pagas extras. Esto asegura que las contribuciones a la Seguridad Social reflejen el ingreso total del trabajador, incluso cuando se distribuyen de manera desigual a lo largo del año.

La retención del IRPF se aplica en el momento del pago efectivo de las pagas extraordinarias. Esto significa que las retenciones fiscales pueden variar dependiendo de si las pagas están prorrateadas o no. En el caso de las pagas prorrateadas, la retención del IRPF se distribuye de manera más uniforme a lo largo del año, mientras que para las pagas no prorrateadas, la retención se concentra en los meses en que se efectúan estos pagos.

Prorrateo de las pagas extras

Prorratear las pagas extras significa distribuir su importe entre los doce meses del año, en lugar de pagarlas en momentos específicos como diciembre y junio. Por ejemplo, si un trabajador con un salario mensual de 1.500 € con dos pagas extras, sin prorrateo recibiría 14 pagos de 1.500 € (12 sueldos mensuales más 2 pagas extras). Si se prorratean, recibiría 12 pagos mensuales de 1.750,00€ cada uno, manteniendo el total anual sin cambios.

El artículo 31 del ET permite que las pagas extraordinarias se prorrateen si así lo establece el convenio colectivo aplicable. Los acuerdos individuales entre empresario y trabajador no son válidos para prorratear las pagas extras, salvo que mejoren las condiciones establecidas en el convenio colectivo. Esto garantiza que las condiciones laborales sean justas y equitativas, y que cualquier cambio en la estructura de pago de las pagas extraordinarias se haga de manera transparente y consensuada.

El prorrateo de las pagas extras puede ofrecer varias ventajas tanto para empleados como para empleadores:

  • Mejor gestión financiera: Los trabajadores reciben una cantidad fija cada mes, lo que facilita la gestión de sus finanzas personales.
  • Simplificación contable: Para las empresas, el prorrateo simplifica la contabilidad y la gestión de nóminas.
  • Consistencia en los ingresos: Los empleados pueden planificar mejor sus gastos mensuales al tener ingresos consistentes a lo largo del año.
  • Mayor claridad fiscal: Al tener una base salarial uniforme, las retenciones fiscales mensuales son más predecibles.

Aunque el prorrateo tiene muchas ventajas, también presenta algunas desventajas potenciales:

  • Menor impacto en fechas clave: Los trabajadores no reciben un ingreso adicional significativo en momentos específicos del año, como Navidad, lo que puede ser visto como una desventaja para aquellos que planifican gastos mayores en esas fechas.
  • Percepción de menor bonificación: Algunos empleados pueden percibir que no están recibiendo bonificaciones o extras, ya que estos se diluyen en los pagos mensuales.

 

CAPITALIZACION DE LA PRESTACION POR DESEMPLEO

Se trata de una medida para fomentar y facilitar iniciativas de empleo autónomo entre personas que estén percibiendo la prestación por desempleo de nivel contributivo, abonando el valor actual del importe de la prestación que reste por percibir a aquellas personas beneficiarias que pretendan:

  • Desarrollar una actividad como personas trabajadoras autónomas.
  • Incorporarse de forma estable como socios/as trabajadores/as o de trabajo en cooperativas o en sociedades laborales, aunque hayan mantenido un vínculo contractual previo con dichas sociedades, independientemente de su duración o constituirlas.
  • adquirir la condición de persona socia trabajadora o de trabajo en la sociedad laboral o cooperativa con la que mantienen una relación laboral de carácter indefinido, siempre que reúnan todos los requisitos para ser persona beneficiaria de la prestación por desempleo de nivel contributivo, salvo el de estar en situación legal de desempleo.
  • Destinar el importe a realizar una aportación al capital social de una entidad mercantil de nueva creación o creada en un plazo máximo de 12 meses anteriores a la aportación, siempre y cuando se vaya a poseer el control efectivo de la sociedad, se vaya a ejercer en la misma una actividad profesional y se produzca un alta en la Seguridad Social en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar.

REQUISITOS

Para poder solicitar la capitalización de la prestación por desempleo, es necesario ser persona beneficiaria de una prestación contributiva por desempleo por cese total y definitivo de una relación laboral, pendiente de recibir a fecha de solicitud del pago único, al menos tres mensualidades. Si se ha impugnado ante la jurisdicción social el cese de la relación laboral que ha dado lugar a la prestación por desempleo, cuya capitalización se pretende, la solicitud del pago único debe ser posterior a la resolución del procedimiento.

En cuanto a las personas beneficiarias de la prestación por cese de actividad es necesario que tengan pendiente de percibir como mínimo seis meses.

Además, no se debe haber cobrado el pago único, en cualquiera de sus modalidades, en los cuatro años inmediatamente anteriores.

FACTURA ELECTRONICA

La implementación de la factura electrónica en España responde a varios factores, como la necesidad de modernizar el sistema fiscal, aumentar la eficiencia de los procesos empresariales y mejorar la transparencia en las transacciones comerciales.

 

A continuación explicaremos qué es la factura electrónica, a quiénes le afecta y cuándo entrará en vigor.

¿Qué es la factura electrónica?  

La factura electrónica es un documento oficial que cumple con las mismas funciones legales que una factura tradicional. Es decir, el término factura es el mismo, pero se crea, envía, recibe y almacena en formato electrónico. Las facturas electrónicas tienen la misma validez legal que una factura impresa, por tanto, deben cumplir con todos los requisitos legales pertinentes. Es importante saber que las facturas electrónicas, deben aplicar un mecanismo y protocolo de creación, seguridad e intercambio regulado por una norma y tienen que emitirse a través de software de facturación homologados.

¿Cuándo es obligatorio la factura electrónica? 

Actualmente, la factura electrónica únicamente es obligatoria para quienes proporcionen productos o servicios a entidades del sector público. En España, la obligatoriedad de la factura electrónica se ha visto ampliada de forma significativa con la entrada en vigor de la Ley Crea y Crece, que pretende transformar, el ecosistema empresarial. La normativa fue aprobada en septiembre de 2022, y se planea su implementación a partir del 2025. Concretamente, las empresas con una facturación anual superior a 8 millones de euros tendrán un plazo de un año para adaptarse a la factura electrónica desde la aprobación del reglamento específico. Mientras que el resto dispondrán de dos años desde que se apruebe dicho reglamento.

¿Quién está obligado a expedir la factura electrónica? 

La Ley Crea y Crece, se enfoca principalmente en el uso de la facturación electrónica entre empresarios y profesionales. Por tanto, según esta ley, todas las empresas y autónomos deberán emitir y recibir facturas electrónicas en cada una de sus transacciones B2B. De momento, esta ley no incluye las operaciones con consumidores finales.

¿Quién no está obligado a factura electrónica? 

Con la entrada en vigor del reglamento específico de la Ley Crea y Crece, la factura electrónica obligatoria no se aplicará a facturas de las operaciones con consumidores finales. Pero cualquier comercio tendrá que disponer de un software capaz de expedir factura electrónica si su cliente la solicitase. Igualmente, será muy útil tener este software para gestionar las facturas electrónicas recibidas.

Además, la expedición de la factura electrónica tampoco será obligatoria cuando uno de los participantes de la transacción comercial no tenga su actividad económica en España.

¿Qué pasa si no se hace factura electrónica? 

Una de las preguntas más comunes en torno a la facturación electrónica quizás sea, ¿qué pasa si no hago factura electrónica? Si una empresa o autónomo no emite una factura electrónica cuando es obligatorio, podría enfrentarse a sanciones legales y administrativas.  Por ello, es imprescindible adaptarse a los requisitos y las regulaciones fiscales para evitar cualquier tipo de complicación.

EL IMPACTO DE LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN EL ÁMBITO JURÍDICO

Todos en algún momento hemos escuchado hablar de la Inteligencia Artificial, pero debido a su complejidad es difícil proporcionar un concepto. ¿Cómo podríamos definirla? A grandes rasgos, es la capacidad que tienen las máquinas para utilizar algoritmos, aprender de los datos y utilizarlos para la toma de decisiones tal y como lo haría un ser humano. No obstante, a diferencia de las personas, los dispositivos que se basan en inteligencia artificial no necesitan tomar descansos y pueden almacenar y analizar grandes volúmenes de información al mismo tiempo.

Una vez establecido el término, y con el fin de profundizar en la aplicación de la IA en el mundo jurídico, hemos de mencionar los llamados sistemas expertos jurídicos. Estos sistemas no son más que la principal aplicación de la IA al campo del derecho y sirven de ayuda a las decisiones judiciales. Tratan de imitar alguno de los procesos cognitivos llevados a cabo por abogados, por jueces, y en definitiva por los operadores del derecho.

A raíz de lo anterior es común pensar que dicha tecnología únicamente podrá contar con beneficios, con los que, indudablemente contará, pero conforme al criterio de gran cantidad de juristas también contará con una gran serie de inconvenientes. Pero… ¿Qué implicará realmente?

La llegada de esta tecnología y de su avance es una realidad inexorable y se convertirá en una práctica común en la abogacía. La IA es una herramienta con la que los profesionales del derecho y en general de cualquier ámbito contarán para poder realizar determinadas tareas con menos esfuerzo. Por tanto, esto permitirá tanto al letrado como al cliente ganar en tiempo, en productividad y en eficiencia.

No obstante, es indiscutible que también contará con ciertos inconvenientes y es que, esta tecnología cuenta con mucho poder, pero al mismo tiempo también presenta muchas limitaciones, tanto de carácter económico como técnico. Por lo que respecta a las limitaciones técnicas, existe un término acuñado como Black Box y que establece que la IA basada en datos aplica una serie de algoritmos de tanta complejidad que pueden llegar a producir una respuesta que sea correcta, pero en las que no se pueda indicar como se llegó a la misma. Y, como bien sabemos, en el mundo jurídico es necesario una justificación, es necesario la explicación del por qué de las cosas.

Por lo que respecta a las limitaciones de carácter económico se puede señalar que no es precisamente barato desarrollar un modelo de IA y que es posible que no se cuenten con los medios económicos para ello.  En definitiva, ambas limitantes se vuelven un factor determinante en la implementación de estas tecnologías al mundo jurídico.

NUEVA INSTRUCCIÓN A FAVOR DE PERSONAS EXTRANJERAS EN SITUACIÓN DE TRÁMITE DOCUMENTAL.

¿Ya sabías que cuando estés en proceso de renovación o modificando tu autorización de residencia en España tu situación administrativa será considerada “regular” hasta que se resuelva el procedimiento?

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha enviado una instrucción a todas las oficinas de Extranjería de España. Esta nueva medida permite que durante el proceso de renovación puedas seguir trabajando, realizando trámites ya sean bancarios, prórrogas de arrendamientos, etc.

De esta forma se ofrece a las personas extranjeras seguridad y soporte documental ante cualquier situación que lo requiera.

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